COMUNICACIÓN SOCIAL

Artículo 95

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan.

 

LTAIPES95FL-N

Los indicadores relacionados con temas de interés público

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LTAIPES95FXLI-N

Trámites que se realizan

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LTAIPES95FXL-N

Servicios que ofrece el sujeto obligado

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